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Artículo 40 del Reglamento de la Protección e Integración al Desarrollo de las personas con Capacidades Diferentes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tener una discapacidad visual, motriz o intelectual no te impide entrar a una escuela normal. Antes de integrarte, el equipo de especialistas del sistema educativo te hará una evaluación para ver qué necesitas. Esto se hace siguiendo las reglas técnicas del estado. El objetivo es asegurarse de que la escuela pueda atender todo lo que requieras para aprender.

Texto oficial

Artículo 40.- La discapacidad sensorial, motora o intelectual no limita la posibilidad de integrarse a la educación regular. Deberá realizarse conforme a las normas técnicas estatales, previamente una evaluación a través de los grupos multidisciplinarios del sector educativo, que garantice la satisfacción de las necesidades de cada alumno con capacidades diferentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.