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Ley
Reglamento de la Protección e Integración al Desarrollo de las personas con Capacidades Diferentes
Artículo
9

Artículo 9 del Reglamento de la Protección e Integración al Desarrollo de las personas con Capacidades Diferentes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Estatal va a formar grupos de personas para hacer tareas específicas, como comisiones o equipos de trabajo. Estos grupos ayudarán a que el Consejo cumpla con sus metas. La forma en que van a trabajar estos equipos se define en el reglamento interno, que es un documento con las reglas que deben seguir.

Texto oficial

Artículo 9.- El Consejo Estatal designará comisiones y grupos de trabajo necesarios para el cumplimiento de su objeto y operarán en términos del reglamento interno.

Ver texto oficial del Reglamento de la Protección e Integración al Desarrollo de las personas con Capacidades Diferentes (pág. 4) ↗

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