- Ley
- Reglamento de la Protección e Integración al Desarrollo de las personas con Capacidades Diferentes
- Artículo
- 9
Artículo 9 del Reglamento de la Protección e Integración al Desarrollo de las personas con Capacidades Diferentes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Estatal va a formar grupos de personas para hacer tareas específicas, como comisiones o equipos de trabajo. Estos grupos ayudarán a que el Consejo cumpla con sus metas. La forma en que van a trabajar estos equipos se define en el reglamento interno, que es un documento con las reglas que deben seguir.
Texto oficial
Artículo 9.- El Consejo Estatal designará comisiones y grupos de trabajo necesarios para el cumplimiento de su objeto y operarán en términos del reglamento interno.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.