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Artículo 15 del Reglamento de la Ley de Cambio Climático del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada vez que empiece un nuevo gobierno estatal, la Secretaría (con ayuda del Instituto) tiene 45 días hábiles para armar una propuesta. En esos días, debe hacer tres cosas: primero, definir desde dónde se parte y cuál es la situación actual; segundo, calcular cómo van a ser las emisiones contaminantes en diferentes escenarios; y tercero, hacer un borrador del inventario de esas emisiones.

Texto oficial

ARTÍCULO 15. Dentro de los cuarenta y cinco días hábiles siguientes al inicio de cada administración del Poder Ejecutivo Estatal, la Secretaría con apoyo del Instituto, deberá considerar los elementos siguientes para elaborar la propuesta: I. Establecer la línea y el escenario base. II. Elaborar los escenarios de emisiones. III. Elaborar la propuesta de inventario.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.