Artículo 21 del Reglamento de la Ley de Cambio Climático del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando la Comisión dé el visto bueno a la propuesta del PEACC (que es un plan para enfrentar el cambio climático), la Secretaría se la mandará a la Secretaría de Finanzas. Esa Secretaría de Finanzas tendrá 20 días hábiles, contados desde que recibe el documento, para revisar si el plan va de acuerdo con el Sistema de Planeación Democrática del Estado y sus municipios. Después de esa revisión, tendrá que dar su opinión por escrito. Todo esto es para asegurarse de que el plan esté alineado con las reglas de planeación del gobierno.
Texto oficial
ARTÍCULO 21. Una vez validada la propuesta de PEACC por la Comisión, la Secretaría la remitirá a Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 06 de octubre de 2014. Última reforma POGG 19 de diciembre de 2014 REGLAMENTO DE LA LEY DE CAMBIO CLIMÁTICO DEL ESTADO DE MÉXICO 7 la Secretaría de Finanzas, a fin de que esta emita dentro de los veinte días hábiles siguientes a su recepción, una evaluación sobre su congruencia con el Sistema de Planeación Democrática para el Desarrollo del Estado de México y Municipios.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.