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Artículo 44 del Reglamento de la Ley de Cambio Climático del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a revisar si las personas (tú o una empresa) que pidan un permiso o documento realmente cumplen con lo que dice el Código para la Biodiversidad del Estado de México. Si resulta que sí cumplen con lo que pide la ley, entonces la Secretaría te va a entregar los papeles oficiales que lo comprueban. En pocas palabras, primero verifican que estés en lo correcto y luego te dan una constancia.

Texto oficial

ARTÍCULO 44. La Secretaría constatará que las personas físicas o jurídicas colectivas que lo soliciten, se ubiquen en alguno de los supuestos previstos en el Código para la Biodiversidad del Estado de México, por lo que en su caso, emitirá las constancias correspondientes. Sección Sexta Sistema para la Prevención de Fenómenos Meteorológicos Extremos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.