Artículo 60 del Reglamento de la Ley de Cambio Climático del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te ponen una multa, tienes 5 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni días festivos) para pagarla desde que te la impusieron. Si pagas en ese tiempo y no eres reincidente (es decir, no te han multado por lo mismo antes), te harán un descuento. El monto del descuento lo decide la autoridad, pero nunca puede ser mayor al 50% de la multa original. Ojo: el descuento no aplica si ya habías cometido la misma infracción antes.
Texto oficial
ARTÍCULO 60. El infractor que pague la sanción dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de su imposición tendrá derecho a un descuento cuyo monto determinará la autoridad competente, siempre que no se trate de reincidencia. En ningún caso el descuento determinado será mayor al cincuenta por ciento de la sanción originalmente impuesta.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.