Artículo 11 del Reglamento del Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 11 define lo que hace la Secretaría Ejecutiva, que es como la oficina encargada de organizar y darle seguimiento a las juntas del Sistema Estatal. Básicamente, esta Secretaría se encarga de cosas como mandar las invitaciones para las reuniones (con el visto bueno del jefe), preparar los temas que se van a tratar, checar quién asiste y si hay suficientes personas presentes para empezar la junta. También cuenta los votos, redacta las minutas y se las pasa a los miembros para que las aprueben, y coordina que las comisiones hagan su trabajo. Además, tiene que pedir información cuando se necesita, hacer un informe anual y ayudar a difundir lo que se hace en el Sistema.
Texto oficial
Artículo 11. Corresponde a la Secretaría Ejecutiva: I. Representar a la Presidencia del Sistema Estatal en los asuntos que le sean encomendados. II. Emitir y notificar las convocatorias a las sesiones ordinarias y extraordinarias, previo acuerdo con la Presidencia. III. Formular el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias, previo acuerdo con la Presidencia. IV. Integrar la información que se presentará en las sesiones del Sistema Estatal. V. Tomar asistencia y declarar quórum para sesionar. VI. Computar las votaciones en las sesiones del Sistema Estatal, levantar las actas correspondientes y enviarlas a sus integrantes para su aprobación. VII. Convocar a las sesiones de las comisiones del Sistema Estatal, previo acuerdo con la Presidencia. VIII. Coordinar el funcionamiento de las comisiones, turnar y vigilar el cumplimiento de los asuntos acordados por el Sistema Estatal para dar cuenta de ello a la Presidencia. IX. Solicitar a quienes integran el Sistema Estatal, así como a las comisiones, la información necesaria para la integración del informe que deberá rendir la Presidencia. X. Informar a la Presidencia sobre los avances y el seguimiento de los acuerdos tomados por el Sistema Estatal. XI. Instrumentar las acciones de difusión de los trabajos realizados por el Sistema Estatal. XII. Elaborar el informe anual de actividades del Sistema Estatal y presentarlo a la Presidencia para su aprobación. XIII. Someter a la consideración de la Presidencia, las solicitudes de representantes de otros sectores gubernamentales, para formar parte de este órgano colegiado como invitadas e invitados especiales; asimismo, la participación de quienes sea necesario en la sesión que corresponda, a fin de enriquecer aspectos técnicos, jurídicos, administrativos o de cualquier otra índole. XIV. Las demás que le confiera el Sistema Estatal, y la Presidencia. SECCIÓN TERCERA DE LAS FUNCIONES DE QUIENES INTEGRAN EL SISTEMA ESTATAL PARA LA IGUALDAD DE TRATO Y OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
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