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Artículo 13 del Reglamento del Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno del estado puede armar equipos de trabajo, llamados comisiones, donde participen diferentes instituciones que forman parte del Sistema Estatal. Estas comisiones sirven para analizar, investigar y crear proyectos o programas que ayuden a que mujeres y hombres tengan el mismo trato. También se enfocan en evitar que las mujeres y las niñas sufran violencia, atender a las que la vivan, castigar a los responsables y acabar con ese problema.

Texto oficial

Artículo 13. Se podrán constituir comisiones con la participación de quienes integran el Sistema Estatal, con el objeto de estudiar, investigar y desarrollar proyectos, programas y acciones específicas relativas a la igualdad de trato entre mujeres y hombres y a la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres y las niñas. SECCIÓN PRIMERA DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS COMISIONES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.