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Artículo 22 del Reglamento del Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que una comisión (un grupo especial del gobierno) va a ayudar sin cobrar nada a las mujeres que sufren violencia. Para hacerlo, trabaja en equipo con otras dependencias. Primero, les ofrece atención gratuita de varios tipos, como apoyo legal, psicológico o médico. Segundo, busca prevenir enfermedades que solo afectan a las mujeres. Y tercero, se asegura de que tengan acceso a servicios de salud como chequeos o tratamientos.

Texto oficial

Artículo 22. La Comisión de Atención de la Violencia contra las Mujeres e Igualdad de Trato y Oportunidades, otorgará atención integral gratuita y eficaz a mujeres en situación de violencia, a través de la coordinación y apoyo interinstitucional tendentes a: I. Brindar servicios de atención gratuitos de carácter interdisciplinario a mujeres en situación de violencia. II. Impulsar mecanismos que prevengan oportunamente las enfermedades específicas de la población femenina. III. Asegurar servicios de atención a la salud de la mujer.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

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