Artículo 29 del Reglamento de la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las licencias, permisos o autorizaciones para todo lo relacionado con protección civil, uso de suelo, seguridad, funcionamiento de negocios y temas sanitarios las dan el gobierno del Estado o los municipios, cada quien en lo que le toca, siempre y cuando cumplas con los requisitos que marcan las leyes y reglamentos. La Coordinación General de Protección Civil es la encargada de crear las reglas, métodos y estrategias para los programas, y también de sacar, actualizar y checar que se cumplan las normas técnicas del Estado. Las unidades de Protección Civil de los municipios tienen que revisar y vigilar para evitar o controlar riesgos, emergencias o desastres que puedan pasar, y también pueden aplicar multas o castigos, sin que eso quite las facultades que tengan otras autoridades federales o estatales.
Texto oficial
Artículo 29. Las licencias, permisos y demás autorizaciones en materia de protección civil, uso de suelo, funcionamiento, ocupación, seguridad y operaciones, seguridad estructural de los inmuebles y aspectos de carácter sanitario, se emitirán por las autoridades estatales o municipales, conforme al ámbito de su competencia, previo cumplimiento de los requisitos señalados en las disposiciones legales y administrativas aplicables. Corresponde a la Coordinación General de Protección Civil establecer las metodologías, políticas y estrategias para el desarrollo de programas, así como, expedir, actualizar y vigilar la aplicación de normas técnicas estatales y demás disposiciones en la materia. A las unidades de Protección Civil de los municipios les corresponde la verificación y vigilancia para prevenir o controlar la posibilidad de riesgos, emergencia o desastres inminentes; así como, para aplicar las sanciones correspondientes, sin perjuicio de las facultades que se confiere a otras dependencias del Ejecutivo Federal y Estatal. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 24 de abril de 2015. Última reforma POGG 07 de julio de 2017 REGLAMENTO DE LA LEY DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ATENCIÓN, CUIDADO Y DESARROLLO INTEGRAL INFANTIL EN EL ESTADO DE MÉXICO 7
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