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Ley
Reglamento de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México
Artículo
129

Artículo 129 del Reglamento de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una autoridad te da una resolución aplicando esta ley o su reglamento y no estás de acuerdo, puedes impugnarla. Tienes dos opciones: presentar un Juicio Contencioso Administrativo o un Recurso de Inconformidad. Ambos son mecanismos legales para que un juez revise si la resolución fue correcta. Estos procedimientos están explicados en el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. En resumen, la ley te da herramientas para defenderte si te afecta una decisión de la autoridad.

Texto oficial

Artículo 129. Procederá el Juicio Contencioso Administrativo o el Recurso de Inconformidad previstos en el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México en contra de las resoluciones dictadas con motivo de la aplicación de la Ley y el presente Reglamento.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México (pág. 27) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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