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Artículo 131 del Reglamento de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando pidas ver, corregir, borrar tus datos personales o negarte a que los usen (esto es el "ARCO"), puedes hacerlo directamente o, si no estás de acuerdo con la respuesta, presentar una queja formal llamada "recurso de inconformidad". Ese recurso se tramita siguiendo las reglas de la Ley de Protección de Datos Personales. En pocas palabras, si no te resuelven como esperabas, puedes reclamar ante la autoridad correspondiente para exigir tus derechos.

Texto oficial

Artículo 131. Tratándose de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales procederá de manera directa o luego de agotar la revisión, el recurso de inconformidad en términos de la Ley de la materia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.