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Ley
Reglamento de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México
Artículo
65

Artículo 65 del Reglamento de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro de Control es quien se encarga de manejar toda la Red Estatal de comunicación entre policías y autoridades. Además, tiene que trabajar en equipo con el Sistema Nacional de Seguridad Pública, porque la Red Estatal forma parte de la Red Nacional de Radiocomunicación. Esto quiere decir que no puede hacer las cosas por su cuenta, sino que debe seguir las reglas y coordinarse a nivel nacional.

Texto oficial

Artículo 65. El Centro de Control administrará la Red Estatal y deberá coordinarse con el Sistema Nacional de Seguridad Pública, al ser parte de la Red Nacional de Radiocomunicación.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México (pág. 16) ↗

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