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Ley
Reglamento de la Ley para Prevenir, Atender, Combatir y Erradicar la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas en el Estado de México
Artículo
26

Artículo 26 del Reglamento de la Ley para Prevenir, Atender, Combatir y Erradicar la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Estatal es un grupo de personas expertas de diferentes áreas que trabajan juntas para planear y coordinar cómo prevenir, ayudar a las víctimas, combatir y acabar con la trata de personas en el Estado de México. Es como un equipo especializado que se encarga de organizar todo lo relacionado con este delito.

Texto oficial

Artículo 26. El Consejo Estatal es un órgano colegiado especializado, que opera y funciona bajo un esquema interdisciplinario para llevar a cabo las funciones de planeación y coordinación de las acciones tendientes a prevenir, atender, combatir y erradicar la trata de personas en el Estado de México.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley para Prevenir, Atender, Combatir y Erradicar la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas en el Estado de México (pág. 8) ↗

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