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Artículo 46 del Reglamento de la Ley para Prevenir, Atender, Combatir y Erradicar la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres la persona afectada por un delito y quieres recibir apoyo económico del Fondo (como ayuda para gastos médicos o psicológicos), tienes que cumplir con lo que digan las Reglas de Operación (que son como el instructivo del programa). Básicamente, no es automático: necesitas llenar los requisitos y seguir los pasos que se pidan en esas reglas.

Texto oficial

Artículo 46. La víctima u ofendido que pretenda acceder a los recursos del Fondo deberá cumplir con los requisitos y condiciones que establezcan las Reglas de Operación. TÍTULO QUINTO DE LA CAPACITACIÓN, FORMACIÓN Y ACTUALIZACIÓN

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.