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Artículo 7 del Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los presidentes municipales que forman parte del Consejo van a escoger al azar, como si sacaran papeles de una tómbola (a eso se le llama insaculación), a quiénes serán los nuevos integrantes el próximo año. Esto lo hacen en la segunda junta normal del Consejo que tengan en el año. Los que ya estuvieron en el Consejo quedan fuera de la tómbola hasta que todos los municipios hayan participado al menos una vez. Así se aseguran de que nadie se repita hasta que todos hayan tenido su turno.

Texto oficial

Artículo 7. Los Presidentes Municipales integrantes del Consejo, elegirán a través de insaculación, en la segunda sesión ordinaria del Consejo, a los Presidentes Municipales que serán los integrantes en el siguiente año calendario. Los Presidentes Municipales que hayan sido integrantes del Consejo, serán retirados del proceso de insaculación hasta el momento en que todos Municipios hayan participado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.