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Artículo 19 del Reglamento de la Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la Procuraduría General de Justicia (la dependencia encargada de investigar delitos) tiene varias obligaciones para tratar igual a hombres y mujeres. Por ejemplo, debe proteger los derechos de las víctimas sin hacer diferencias por su sexo, capacitar a sus empleados en temas de igualdad, y considerar cómo ser hombre o mujer afecta un delito al investigarlo. También debe llevar registros separados de delitos cometidos por y contra mujeres, y asegurarse de que en todo el proceso penal (desde los documentos hasta los argumentos en el juzgado) no haya discriminación. En pocas palabras, esta ley busca que en la justicia penal se trate a todos por igual, sin distinciones de género.

Texto oficial

Artículo 19. A la Procuraduría General de Justicia le corresponde: I. Salvaguardar los derechos humanos de las víctimas del delito en igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres. II. Capacitar al personal que labora en la institución en materia de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres. III. Garantizar la incorporación de la perspectiva de género en las investigaciones penales. IV. Llevar la estadística criminal desagregada por sexo, en donde se observen los delitos cometidos por y contra mujeres. V. Asesorar a las dependencias de la Administración Pública Estatal en la aplicabilidad de la normatividad penal en materia de género. VI. Proteger el derecho de acceso a la justicia y el derecho a las garantías judiciales de las personas víctimas y probables responsables, sin distinción alguna. VII. Garantizar la igualdad de trato a las partes que intervienen en las investigaciones penales. VIII. Garantizar la igualdad de trato y oportunidades y la eliminación de actos de discriminación en los documentos que se emiten, como parte del procedimiento penal, así como en los argumentos jurídicos que se presenten ante el Poder Judicial del Estado. IX. Las demás que se establezcan en el Programa y demás ordenamientos en la materia. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 14 de marzo de 2016. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE LA LEY DE IGUALDAD DE TRATO Y OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES DEL ESTADO DE MÉXICO 13

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

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