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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl623/11
Ley
Reglamento de la Ley de Apicultura del Estado de México
Artículo
11

Artículo 11 del Reglamento de la Ley de Apicultura del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se prohíbe mover abejas, crías o cualquier material biológico de una zona donde haya abeja africana a una zona donde no la haya. Esto aplica especialmente a las áreas que están libres de esa plaga. La regla busca evitar que la abeja africana se propague a lugares donde no existe.

Texto oficial

Artículo 11. Se prohíbe la movilización de material biológico de zonas de control a zonas libres de abeja africana.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Apicultura del Estado de México (pág. 8) ↗

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