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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl623/12
Ley
Reglamento de la Ley de Apicultura del Estado de México
Artículo
12

Artículo 12 del Reglamento de la Ley de Apicultura del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para sacar la guía de tránsito y control estadístico (un permiso para mover productos controlados), tienes que seguir estos pasos: primero, puedes obtenerla según los acuerdos que ponga la Secretaría. Después, debes cumplir con todos los requisitos sanitarios que marca la ley actual y comprobar que los productos son tuyos con una identificación oficial y otros documentos que pida la autoridad.

Texto oficial

Artículo 12. El trámite para la expedición de la guía de tránsito y control estadístico, se sujetará al procedimiento siguiente: I. Las y los interesados podrán obtener la guía de tránsito y control estadístico conforme a los convenios que la Secretaría establezca. II. Complementar los requisitos sanitarios en base a la normatividad vigente y los de propiedad con la identificación correspondiente y demás que establezca la Secretaría en el presente Reglamento.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Apicultura del Estado de México (pág. 8) ↗

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