Artículo 21 del Reglamento de la Ley de Apicultura del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Nadie puede tener registradas dos marcas de fierro iguales en la misma región ganadera o dentro del mismo estado. El dueño de la patente (el permiso oficial) puede ser una persona común o una empresa. Básicamente, asegura que no se repitan los fierros para que cada ganadero tenga su marca única y no haya confusión.
Texto oficial
Artículo 21. La o el titular de la patente podrá ser persona física o jurídica colectiva. No podrán existir dos fierros iguales registrados en la misma región ganadera o en la Entidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.