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Artículo 24 del Reglamento de la Ley de Apicultura del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Registro Estatal apícola es como una lista oficial donde se apuntan todos los productores de miel y abejas del estado. Cada apicultor tendrá su expediente con datos personales, un número único que lo identifique para siempre, una credencial con su foto y documentos para mover sus colmenas de un lugar a otro. También se lleva un control con estadísticas para saber cuántos productores hay y cómo va la actividad. En pocas palabras, es un sistema para tener ordenado quiénes son los apicultores y cómo trabajan.

Texto oficial

Artículo 24. El Registro Estatal comprenderá las y los productores apícolas y contará con información de cada apicultor, de identificadores permanentes, la emisión de credenciales de identificación y de guías de tránsito y control estadístico.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.