Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 30 del Reglamento de la Ley de Apicultura del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría, junto con los grupos de ganaderos más importantes del estado, va a ayudar a que se formen grupos de personas que críen abejas reinas. Esto significa que apoyarán a quienes se dedican a producir estas abejas especiales, que son clave para mantener colmenas sanas.

Texto oficial

Artículo 30. La Secretaría, en coordinación con las organizaciones ganaderas representativas en el Estado, fomentará la creación de asociaciones de criadores de abejas reinas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.