Artículo 43 del Reglamento de la Ley de Apicultura del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Una asociación local, que puede ser de tipo general o especializada, se crea y opera según lo que dice el Código Civil del Estado de México, siempre y cuando no vaya en contra de las leyes federales. Esto significa que para formarla debes seguir las reglas del estado donde la hagas, pero sin chocar con lo que marca la ley de todo el país.
Texto oficial
Artículo 43. Una asociación local se constituirá y funcionará en términos de lo establecido por el Código Civil del Estado de México sin contravenir con lo dispuesto por la legislación federal vigente en la materia. Estas asociaciones podrán ser generales o especializadas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.