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Artículo 53 del Reglamento de la Ley de Apicultura del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El consejo que administra la organización va a estar formado por un Presidente, un Secretario y un Tesorero, y cada uno va a tener un suplente por si alguien falta. Todos van a trabajar juntos como equipo en las decisiones, así que no actúan por separado. Van a durar en el puesto tres años, pero pueden ser elegidos otra vez o ser removidos si la Asamblea General así lo decide, siempre y cuando los estatutos de la organización lo permitan.

Texto oficial

Artículo 53. El Consejo de Administración se integrará con un Presidente, un Secretario y un Tesorero, con sus respectivos suplentes, quienes actuarán en forma colegiada y durarán en su cargo tres años pudiendo ser reelectos o removidos por la Asamblea General según lo establezcan sus propios estatutos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.