Artículo 53 del Reglamento de la Ley de Apicultura del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El consejo que administra la organización va a estar formado por un Presidente, un Secretario y un Tesorero, y cada uno va a tener un suplente por si alguien falta. Todos van a trabajar juntos como equipo en las decisiones, así que no actúan por separado. Van a durar en el puesto tres años, pero pueden ser elegidos otra vez o ser removidos si la Asamblea General así lo decide, siempre y cuando los estatutos de la organización lo permitan.
Texto oficial
Artículo 53. El Consejo de Administración se integrará con un Presidente, un Secretario y un Tesorero, con sus respectivos suplentes, quienes actuarán en forma colegiada y durarán en su cargo tres años pudiendo ser reelectos o removidos por la Asamblea General según lo establezcan sus propios estatutos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.