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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl623/70
Ley
Reglamento de la Ley de Apicultura del Estado de México
Artículo
70

Artículo 70 del Reglamento de la Ley de Apicultura del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 70 dice que la Secretaría de Salud es la encargada de organizar y manejar las campañas sanitarias, pero no lo hace sola. Para que funcionen, tiene que trabajar junto con el gobierno federal, los municipios y otras organizaciones que ayuden en esto. En pocas palabras, todas estas autoridades se ponen de acuerdo para cuidar la salud de la gente.

Texto oficial

Artículo 70. La operación de las campañas sanitarias será responsabilidad de la Secretaría en coordinación con las autoridades federales, municipales y los organismos auxiliares.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Apicultura del Estado de México (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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