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Artículo 26 del Reglamento de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría Ejecutiva va a hacer un estudio para entender mejor la situación de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Para eso, va a preguntar y escuchar a mucha gente: a los miembros del Sistema Estatal de Protección Integral, a organizaciones de la sociedad civil, a organismos internacionales y también, si es necesario, a personas de escuelas, empresas y otras áreas. Todo el proceso será abierto y tomará en cuenta las opiniones y propuestas de todos.

Texto oficial

Artículo 26. La Secretaría Ejecutiva realizará el diagnóstico a que se refiere el artículo anterior, a través de un proceso participativo e incluyente que recabe la información, propuestas y opinión de los integrantes del Sistema Estatal de Protección Integral, de las organizaciones de la sociedad civil, los organismos internacionales de niñas, niños y adolescentes, así como en su caso, de los demás participantes de los sectores público, social, académico y privado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.