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Artículo 67 del Reglamento de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Consultivo es un grupo de personas expertas de diferentes áreas que trabaja todo el tiempo (es permanente). Este grupo depende del Sistema Estatal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado de México. Su función es dar su opinión, hacer informes y proponer ideas sobre leyes, programas, servicios o cualquier cosa que tenga que ver con la protección de la infancia y la adolescencia en el estado. También pueden opinar en otros casos donde crean que su conocimiento especializado es necesario.

Texto oficial

Artículo 67. El Consejo Consultivo es un órgano colegiado multidisciplinario de carácter permanente del Sistema Estatal de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado de México cuyo objeto es presentar opiniones, informes y promoción de políticas, programas, lineamientos, instrumentos, procedimientos, servicios, acciones, proyectos o insumos, así como de los demás casos en que considere necesaria una opinión especializada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.