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Artículo 74 del Reglamento de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para tomar una decisión en el Consejo Consultivo, solo se cuentan los votos de los consejeros que están presentes en la reunión. La decisión se aprueba si más de la mitad de esos consejeros votan a favor. En otras palabras, no importa quién falte; mientras la mayoría de los que están ahí digan que sí, el acuerdo se considera válido.

Texto oficial

Artículo 74. Los acuerdos del Consejo Consultivo se tomarán por mayoría de votos de los Consejeros integrantes presentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.