Artículo 19 del Reglamento de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres poner un centro de mediación privado (para resolver conflictos sin ir a juicio), necesitas cumplir con ciertos requisitos para que el gobierno del Estado de México te dé permiso. Si el centro lo opera una empresa o asociación, deben presentar un poder que acredite a quién representa legalmente al negocio, tener al menos dos mediadores certificados, dar su domicilio, contar con permiso de la autoridad administrativa y tener instalaciones adecuadas según lo que pida el Centro Estatal. Si el centro lo opera una sola persona, solo necesita su acta de nacimiento, señalar su domicilio, tener el permiso correspondiente y contar con el espacio adecuado para trabajar.
Texto oficial
Artículo 19. Para obtener el registro y autorización del Centro Estatal, los Centros de Mediación privados, además de los requisitos señalados en la ley, deberán acreditar los siguientes: A. Para personas jurídicas colectivas: I. Poder de representación legal; II. Contar con al menos dos mediadores-conciliadores o facilitadores certificados; III. Señalar el domicilio para el desarrollo de sus funciones; IV. Tener permiso o licencia de la autoridad administrativa para el ejercicio de la actividad correspondiente; V. Contar con la infraestructura adecuada, de acuerdo a las directrices que dicte el Centro Estatal, para realizar sus actividades. B. Para personas físicas: I. Acta de nacimiento; II. Señalar el domicilio para el desarrollo de sus funciones; III. Tener permiso o licencia de la autoridad administrativa para el ejercicio de la actividad Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 19 de diciembre de 2011. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE LA LEY DE MEDIACIÓN, CONCILIACION Y PROMOCIÓN DE LA PAZ SOCIAL PARA EL ESTADO DE MÉXICO 7 correspondiente; IV. Contar con la infraestructura adecuada, de acuerdo a las directrices que dicte el Centro Estatal, para realizar sus actividades. Autorizaciones
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.