Artículo 23 del Reglamento de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando pidas la renovación (refrendo), el Centro Estatal te va a fijar una fecha para un examen escrito, el cual será dentro de los siguientes 30 días. Después de que hagas el examen, en un máximo de 5 días hábiles te dirán si lo pasaste o no, y también si tienes faltas graves o has incumplido muchas veces las reglas. Si apruebas el examen y no has cometido conductas graves ni has desobedecido las normas de manera repetida, te darán el refrendo. Si no cumples con todo eso, tendrás que volver a presentar una nueva solicitud para pedir la renovación.
Texto oficial
Artículo 23. Recibida la solicitud para el refrendo, el Centro Estatal señalará día y hora para el examen escrito de actualización, que tendrá lugar dentro de los treinta días siguientes. El Centro Estatal dará a conocer los resultados al solicitante dentro de los cinco días posteriores a la realización del examen escrito de actualización; y en su caso, el dictamen que acredite la existencia o no, de conductas graves o de incumplimiento reiterado a las obligaciones que impone la normatividad de la materia. Se otorgará el refrendo, a quienes hayan aprobado el examen y no hayan cometido conductas graves o de incumplimiento reiterado a las obligaciones que impone la normatividad. Nueva solicitud de refrendo
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.