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Artículo 24 del Reglamento de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no pasaste el examen escrito de actualización, puedes pedir presentarlo una vez más, pero primero tienes que pagar la cuota de recuperación que te indiquen. Si vuelves a reprobar, ya no podrás hacer otro intento directo; tendrás que empezar desde cero todo el proceso para obtener otra vez la certificación. En pocas palabras, solo tienes una segunda oportunidad y, si fallas, toca repetir todo el trámite.

Texto oficial

Artículo 24. Quienes no hayan aprobado el examen escrito de actualización, podrán solicitar hasta Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 19 de diciembre de 2011. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE LA LEY DE MEDIACIÓN, CONCILIACION Y PROMOCIÓN DE LA PAZ SOCIAL PARA EL ESTADO DE MÉXICO 8 en una ocasión más, la presentación del referido examen, previo pago de la cuota de recuperación respectiva. De no aprobar el segundo examen, el solicitante deberá iniciar el procedimiento para obtener nuevamente la certificación respectiva. Vencimiento de la certificación

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.