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Artículo 34 del Reglamento de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 34 dice que todos los procesos para resolver conflictos mediante mediación, conciliación o justicia restaurativa deben seguir las reglas que están en los manuales del Centro Estatal. Estos manuales son como instructivos oficiales que todos deben cumplir. El Centro Estatal se encarga de hacer estos manuales para que haya orden y claridad. Básicamente, si quieres usar estos métodos para arreglar un problema, tienes que hacerlo como lo indica ese documento.

Texto oficial

Artículo 34. Los procedimientos de mediación, conciliación y de justicia restaurativa se tramitarán de conformidad con los manuales operativos de observancia general que emita el Centro Estatal. CAPÍTULO VII DE LOS REQUISITOS DE LOS CONVENIOS Y ACUERDOS Requisitos de los convenios y acuerdos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.