Artículo 26 del Reglamento de la Ley de Vigilancia de Medidas Cautelares y de la Suspensión Condicional del Proceso en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Centro Estatal puede pedir ayuda a la policía y al Ministerio Público (la fiscalía) para conseguir la información que necesite y hacer bien su trabajo. Además, debe darle todas las facilidades a su personal para que puedan hacer entrevistas a tiempo, en privado y con respeto.
Texto oficial
Artículo 26. El Centro Estatal se auxiliará de las instituciones policiales y del Ministerio Público para obtener la información necesaria para el eficaz cumplimiento de sus atribuciones y dará las facilidades para que su personal realice las entrevistas con oportunidad y en condiciones de confidencialidad y respeto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.