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Artículo 26 del Reglamento de la Ley de Vigilancia de Medidas Cautelares y de la Suspensión Condicional del Proceso en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro Estatal puede pedir ayuda a la policía y al Ministerio Público (la fiscalía) para conseguir la información que necesite y hacer bien su trabajo. Además, debe darle todas las facilidades a su personal para que puedan hacer entrevistas a tiempo, en privado y con respeto.

Texto oficial

Artículo 26. El Centro Estatal se auxiliará de las instituciones policiales y del Ministerio Público para obtener la información necesaria para el eficaz cumplimiento de sus atribuciones y dará las facilidades para que su personal realice las entrevistas con oportunidad y en condiciones de confidencialidad y respeto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.