Artículo 63 del Reglamento de la Ley de Vigilancia de Medidas Cautelares y de la Suspensión Condicional del Proceso en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Centro Estatal (que es como la oficina encargada de vigilar las medidas cautelares) va a trabajar junto con la policía para estar al pendiente de que se cumpla la medida que un juez le puso a una persona, como usar un brazalete electrónico o no acercarse a alguien. También se encarga de identificar y registrar cualquier alerta que mande el sistema de monitoreo, y de atenderla de inmediato. Si alguien no cumple con la medida, el Centro tiene que avisarle al Ministerio Público (los fiscales) y al abogado de la persona acusada. Así todos están enterados de lo que pasa.
Texto oficial
Artículo 63. El Centro Estatal se coordinará con las instituciones policiales para llevar a cabo la vigilancia y seguimiento de la medida cautelar, así como su debido cumplimiento. Asimismo, identificará, registrará y atenderá de manera inmediata las alarmas de los incidentes que emita el sistema de monitoreo electrónico y en su caso, informará el incumplimiento de la medida cautelar al Ministerio Público y a la defensa del imputado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.