Artículo 73 del Reglamento de la Ley de Vigilancia de Medidas Cautelares y de la Suspensión Condicional del Proceso en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que cuando a una persona se le imponen medidas cautelares (como no salir del país o presentarse periódicamente a firmar), toda su información debe guardarse en dos lugares: en un sistema de computadora y en un expediente físico (un folder con papeles). En ese expediente tienen que incluir sus datos personales como nombre, fecha de nacimiento, domicilio y señas particulares (como cicatrices o lunares), además de sus huellas dactilares, una foto y una grabación de su voz. También deben agregar datos del caso, como el delito que se le acusa, qué juez lo lleva, por cuánto tiempo estará vigilado y qué medidas específicas le ordenaron. Finalmente, se registran los datos de la víctima o testigos, pero solo la información necesaria para el proceso.
Texto oficial
Artículo 73. Las medidas cautelares impuestas al imputado se registrarán en el sistema informático correspondiente, además de integrarse físicamente en un expediente, mismo que contendrá por lo menos la información siguiente: I. Registro de datos generales: a. Nombre, fecha y lugar de nacimiento. b. Nombre de los padres. c. Media filiación y señas particulares. d. Domicilio. e. Referencias personales. II. Registro de huellas dactilares. III. Fotografía. IV. Registro de voz. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 31 de octubre de 2016. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE LA LEY DE VIGILANCIA DE MEDIDAS CAUTELARES Y DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO EN EL ESTADO DE MÉXICO 20 V. Registro de información jurídica: a. Carpeta de Investigación, Administrativa o de Juicio Oral. b. Delito. c. Autoridad Judicial. d. Periodo de vigilancia o ejecución. e. Tipo o tipos de pena, medida cautelar u obligación o condicionantes impuestas por el Juez. f. Datos de la víctima u ofendido, testigos u otros.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.