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Artículo 15 del Reglamento de la Ley de Victimas del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para las juntas normales, te tienen que avisar con mínimo 10 días de anticipación hábiles, y para las urgentes con al menos 5 días hábiles. En el aviso te deben decir exactamente la fecha, la hora y el lugar donde será la junta, y también incluir la lista de temas que se van a tratar, que ya fue acordada entre el secretario técnico y el presidente del sistema.

Texto oficial

Artículo 15. Las sesiones ordinarias y extraordinarias se llevarán a cabo previa convocatoria, cuando menos con diez días hábiles de anticipación a su realización para las ordinarias y cinco días hábiles para las extraordinarias En la convocatoria se deberá especificar el día, la hora y el lugar fijado para la celebración de la sesión ordinaria o extraordinaria, adjuntando el orden del día previamente acordado por la o el Secretario Técnico con la o el Presidente del Sistema.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.