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Artículo 22 del Reglamento de la Ley de Victimas del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres víctima de violencia de género, los asesores legales de la Comisión Ejecutiva pueden pedirle al juez o a la autoridad encargada que te dé órdenes de protección. Estas órdenes son medidas para cuidar tu seguridad, como alejar al agresor o prohibirle que se te acerque. Todo esto se hace siguiendo una ley especial del Estado de México que protege a las mujeres. En pocas palabras, la persona que te asesora puede gestionar que te pongan a salvo.

Texto oficial

Artículo 22. Tratándose de las víctimas y ofendidos del delito vinculados a la violencia de género, la Comisión Ejecutiva, a través de las y los asesores jurídicos podrán solicitar a la autoridad competente las órdenes de protección establecidas en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.