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Artículo 44 del Reglamento de la Ley de Victimas del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona encargada como Secretario Ejecutivo del Comité tiene varias tareas, como ayudar a preparar las juntas, revisar los temas a tratar con el presidente y asegurarse de que todo esté en orden antes de cada reunión. También debe tomar lista para saber quién asistió y verificar si hay suficiente gente presente para tomar decisiones (eso se llama quórum). Durante la junta, anota quién quiere hablar, lleva el registro de las votaciones y escribe un acta, que es el documento oficial con todo lo que se habló y acordó. Además, debe checar que se cumplan los acuerdos de sesiones pasadas y cualquier otra cosa que diga la ley.

Texto oficial

Artículo 44. La o el Secretario Ejecutivo del Comité tendrá las atribuciones siguientes: I. Asistir a las sesiones del Comité. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 13 de febrero de 2017. Última reforma POGG Sin reforma REGLAMENTO DE LA LEY DE VÍCTIMAS DEL ESTADO DE MÉXICO 18 II. Preparar el orden del día de las sesiones. III. Expedir por escrito, la convocatoria de la sesión que se trate. IV. Integrar la carpeta de la sesión correspondiente, la que deberá contener convocatoria, orden del día, acuerdos de la sesión anterior, relación de documentos en cartera y acuerdos pendientes de cumplimiento. V. Revisar con el Presidente los asuntos del orden del día. VI. Tomar asistencia y declarar quórum. VII. Auxiliar al Presidente en el desarrollo de los debates. VIII. Tener informado al Presidente sobre los avances de los acuerdos tomados. IX. Leer el orden del día y el acta de la sesión anterior. X. Inscribir a las o los integrantes del Comité que deseen tomar la palabra. XI. Registrar y leer las propuestas de las o los integrantes del Comité. XII. Vigilar el cumplimiento del orden de inscripción de las o los expositores. XIII. Computar las votaciones. XIV. Levantar acta de cada sesión de los asuntos tratados y acuerdos tomados. XV. Las demás necesarias que establezcan otras disposiciones jurídicas aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.