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Artículo 12 del Reglamento de la Ley para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, con Participación Ciudadana del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno del estado que tengan que ver con prevenir la violencia y la delincuencia tienen la obligación de invitar a la ciudadanía a participar en la creación y puesta en marcha de programas para mejorar la seguridad. Esto significa que la gente de las comunidades puede opinar y ayudar a diseñar las estrategias que los beneficien. La meta es que todos tengan acceso a servicios básicos, como agua, luz o calles seguras, para vivir mejor en su entorno. En resumen, el gobierno y la ciudadanía deben trabajar juntos para lograr entornos más seguros.

Texto oficial

Artículo 12. Las dependencias de la administración pública estatal, cuyas funciones incidan en la prevención social de la violencia y la delincuencia dentro del ámbito de sus respectivas competencias, deberán desarrollar e impulsar la efectiva participación ciudadana y comunitaria en el diseño e implementación de programas, estrategias y acciones, enfocados al mejoramiento de condiciones de seguridad de su entorno para garantizar el acceso a los servicios básicos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.