Artículo 40 del Reglamento de la Ley para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, con Participación Ciudadana del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Centro Estatal va a revisar cómo va el Programa Estatal y si está funcionando. Para eso, usará un sistema donde esté toda la información, que lo va a operar el Centro de Información y Estadística del Secretariado Ejecutivo. Todo se hará por medio de un portal de internet que mida los resultados y el avance del programa. Esa revisión se debe hacer dentro de los primeros tres meses del año siguiente.
Texto oficial
Artículo 40. El Centro Estatal evaluará las acciones y resultados del Programa Estatal, apoyándose de un sistema de información habilitado por el Centro de Información y Estadística del Secretariado Ejecutivo, a través de un portal electrónico que permita medir el impacto y el cumplimiento dentro del primer trimestre del año siguiente. CAPÍTULO QUINTO DEL FINANCIAMIENTO DE LOS PROGRAMAS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.