Artículo 6 del Reglamento de la Ley para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, con Participación Ciudadana del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Secretario General del Gobierno, por medio del Secretario Ejecutivo, es el encargado de hacer que varias áreas del gobierno trabajen juntas y firmen acuerdos para prevenir la violencia y la delincuencia. Estas áreas incluyen salud, educación, cultura, deporte, empleo, vivienda y seguridad, entre otras. La idea es diseñar estrategias que ataquen las causas de los problemas sociales, como la falta de oportunidades, para que la gente no caiga en la delincuencia. Todo esto se hace con la participación de la ciudadanía, según las reglas del Estado de México.
Texto oficial
Artículo 6. El Secretario General de Gobierno a través del Secretario Ejecutivo, coordinará a través de la suscripción de convenios de colaboración y coordinación, las acciones necesarias con las dependencias de la administración Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 16 de febrero de 2017. Última reforma POGG 23 de agosto de 2017 REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA, CON PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE MÉXICO 4 pública estatal, cuyas funciones incidan en la prevención social de la violencia y la delincuencia, para el diseño de estrategias en materia de salud pública, educación, cultura, deporte, empleo, vivienda, fomento cívico, protección social, seguridad pública, desarrollo social, económico y urbano, a fin de prevenir el fenómeno delictivo. SECCIÓN SEGUNDA DEL ÁMBITO SOCIAL
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.