- Ley
- Reglamento de la Participación Social en la Educación
- Artículo
- 18
Artículo 18 del Reglamento de la Participación Social en la Educación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los papás y mamás que se organicen en grupo van a tener derecho a hablar y a votar en las juntas de la asamblea general. Eso significa que pueden dar su opinión y participar en las decisiones que se tomen. No importa si varios se juntan, cada quien conserva su voz y su voto. En corto, nadie se queda sin opinar ni sin decidir.
Texto oficial
Artículo 18.- Los padres de familia que hayan decidido asociarse, tendrán derecho cada uno de ellos a voz y voto en las reuniones de la asamblea general.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.