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Artículo 44 del Reglamento de la Participación Social en la Educación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El tesorero o tesorera es la persona encargada de las finanzas de una asociación escolar. Sus funciones principales son: cobrar las cooperaciones voluntarias que se acuerden en las juntas y dar recibos, presentar cada mes un reporte de cuánto dinero hay, y administrar bien los recursos haciendo los estados financieros (documentos que muestran ingresos y gastos). También guarda el dinero de la asociación y, si hay una cuenta bancaria, la maneja junto con el presidente (los dos deben autorizar los movimientos). Además, lleva un libro donde anota todo lo que entra y sale, guarda los comprobantes de gastos, y al final de su periodo entrega toda la documentación, información financiera y el dinero sobrante al nuevo equipo, junto con el presidente.

Texto oficial

Artículo 44.- Son funciones del tesorero: I. Recabar las cooperaciones o aportaciones voluntarias acordadas en la asamblea general y expedir los recibos correspondientes; II. Presentar mensualmente a la mesa directiva, los cortes de caja respectivos; III. Administrar adecuadamente los recursos económicos y elaborar los estados financieros de la asociación; IV. Ser el depositario de los fondos de la asociación escolar. En el caso de que, para el manejo de fondos, se abra una cuenta bancaria, ésta deberá ser manejada mancomunadamente con el presidente; V. Manejar el libro de ingresos y egresos de la asociación escolar; VI. Recabar los comprobantes de los gastos realizados, debidamente requisitados; VII. Entregar conjuntamente con el presidente, a la mesa directiva entrante, la documentación e información financiera del período cumplido, así como el saldo en efectivo existente a la conclusión de su ejercicio; VIII. Las demás que le sean conferidas por la asamblea general de la asociación escolar, por los estatutos y por el presidente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.