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Artículo 49 del Reglamento de la Participación Social en la Educación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las mesas directivas de las asociaciones escolares (o sea, el grupo de padres y madres que organizan actividades en la escuela) tienen que registrarse en un área administrativa que decida el gobierno educativo de tu estado. Esa oficina también puede darte un papel que compruebe que ya hiciste el registro. En pocas palabras, si formas parte de una asociación de padres en la escuela, debes ir a la ventanilla que te indiquen para dejar tus datos y recibir un comprobante.

Texto oficial

Artículo 49.- El registro de las mesas directivas de las asociaciones escolares se hará ante el área administrativa que determinen las autoridades educativas estatales, misma que podrá expedir la constancia de registro correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.