Artículo 63 del Reglamento de la Participación Social en la Educación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 63 dice que la mesa directiva, que es el grupo de personas que organiza y dirige las juntas, debe estar formada por siete miembros: un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero, y tres vocales (el primero, el segundo y el tercero). Cada uno tiene su rol específico dentro del equipo. Esto aplica para los comités de participación social en las escuelas, según el reglamento que se publicó en 2003 y se actualizó por última vez en 2014.
Texto oficial
Artículo 63.- La mesa directiva se integrará por: I. Un presidente; II. Un vicepresidente; III. Un secretario; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 14 de marzo de 2003. Última reforma POGG 18 de agosto de 2014. REGLAMENTO DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN 15 IV. Un tesorero; V. El primer vocal; VI. El segundo vocal; VII. El tercer vocal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.