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Ley
Reglamento de la Participación Social en la Educación
Artículo
71

Artículo 71 del Reglamento de la Participación Social en la Educación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que la mesa directiva tome un acuerdo, la mayoría de sus miembros tiene que votar a favor. Si hay exactamente el mismo número de votos a favor y en contra, el presidente es quien decide con su voto extra. Eso se llama "voto de calidad", porque rompe el empate y define el resultado.

Texto oficial

Artículo 71.- Los acuerdos de la mesa directiva se aprobarán por mayoría de votos. En caso de empate el presidente tendrá voto de calidad.

Ver texto oficial del Reglamento de la Participación Social en la Educación (pág. 16) ↗

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