Artículo 32 del Reglamento de la Ley para la Prevención, Tratamiento y Combate del Sobrepeso, la Obesidad y los Trastornos Alimentarios del Estado de México y sus Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Comité tiene varias tareas importantes. Primero, se encarga de crear las reglas y pasos para dar los estímulos, como becas o premios. También puede ir a las escuelas participantes a checar cómo van aplicando esas medidas y si están avanzando. Además, define los criterios para decidir quiénes ganan los estímulos. De la mano, trabaja con los comités municipales en los proyectos del Consejo. Por último, cada año publica la convocatoria para elegir a las escuelas de nivel básico, maestros y alumnos que recibirán esos premios o reconocimientos.
Texto oficial
Artículo 32. El Comité tendrá las atribuciones siguientes: I. Diseñar, formular y emitir los criterios, bases y los mecanismos para la entrega de los estímulos. II. Realizar visitas de verificación a los planteles participantes para evaluar el estado de la implementación de las medidas y estado de avance de las mismas. III. Emitir los criterios relativos al fallo para la entrega de estímulos a los ganadores. IV. Coordinarse y participar con los comités municipales en los programas propuestos e implementados por el Consejo. V. Expedir anualmente la Convocatoria de selección de los beneficiarios para la entrega de los estímulos y reconocimientos para las escuelas de nivel básico, profesores y alumnos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.