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Artículo 33 del Reglamento de Comunicaciones del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Una vez que se abren y revisan todas las propuestas, la persona o empresa que organiza la licitación revisará qué tan buenas son en aspectos técnicos, financieros, legales y administrativos, según lo que pidió desde el principio. Si alguna propuesta no cumple con los requisitos que se establecieron, será descartada. Esto se informará cuando den el resultado final. Pero no echarán una propuesta si falló en algo que no era importante, como un requisito que solo servía para hacer más fácil el trámite, que no se iba a evaluar, o que no afecta la seriedad de la oferta y, además, le da más ventajas al gobierno.

Texto oficial

Artículo 33. Concluido el acto de presentación y apertura de propuestas, la convocante procederá a la evaluación técnica, financiera, legal y administrativa de las mismas, considerando los criterios y requisitos que hubieren sido establecidos por la convocante en la convocatoria y en las bases de licitación. Las propuestas que incumplan con alguno de los requisitos establecidos serán desechadas, lo cual será dado a conocer en el fallo respectivo. No será causa para desechar las propuestas el incumplimiento de algún requisito no esencial, que únicamente hubiera servido para facilitar el procedimiento, no sea objeto de evaluación o aquellos cuyo incumplimiento no afecte la solvencia de la propuesta y demuestre mayores beneficios para el Estado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.