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Artículo 4 del Reglamento de Comunicaciones del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría es la responsable de crear, aprobar y revisar los planes para construir, arreglar y mantener las carreteras, puentes y otros medios de comunicación que están bajo el control del gobierno local. Para hacer esos planes, la Secretaría puede pedir opiniones a escuelas, asociaciones de profesionistas y grupos de expertos. La Junta, el SAASCAEM y el SITRAMyTEM, cuando hagan sus propios planes, deben ajustarlos a lo que ya aprobó la Secretaría. También, estas tres entidades trabajarán junto con la Secretaría para llevar a cabo las obras de cada quien. Finalmente, la Secretaría revisará cómo van esos trabajos, checando los avances, la calidad y demás detalles de las obras que se estén haciendo.

Texto oficial

Artículo 4.- La Secretaría tendrá a su cargo la elaboración, aprobación y evaluación de los programas para la construcción, conservación, rehabilitación y mantenimiento de las comunicaciones de jurisdicción local. Para la elaboración de los programas a que se refiere este artículo, la Secretaría podrá solicitar la opinión de colegios, asociaciones de profesionistas e instituciones académicas. La Junta, el SAASCAEM y el SITRAMyTEM al ejercer sus facultades de planeación deberán vincular sus programas a los aprobados por la Secretaría. La Secretaría en coordinación con la Junta, el SAASCAEM y el SITRAMyTEM, llevarán a cabo la ejecución de sus respectivos programas. La Secretaría evaluará la ejecución de programas de la Junta, el SAASCAEM y el SITRAMyTEM, a través de acciones técnicas de seguimiento, supervisión, control de avances, calidad, y demás características de las obras que ejecuten.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.