Artículo 41 del Reglamento de Comunicaciones del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una empresa recibe un permiso del gobierno para construir o reparar algo, tiene la obligación de darte una garantía. Esa garantía sirve para cubrir los defectos o fallas que no se ven a simple vista en el trabajo realizado, así como cualquier otro problema que pudiera surgir por su culpa. Esto significa que, si después de entregada la obra aparece un desperfecto escondido, la empresa debe arreglarlo sin cobrarte. Las condiciones exactas de esa garantía vienen escritas en el contrato o título que firmaron.
Texto oficial
Artículo 41.- El concesionario deberá otorgar garantía que responda de los defectos o vicios ocultos de las obras ejecutadas y de cualquier otra responsabilidad en que pudiere incurrir, en los términos que establezca el título respectivo. SECCION CUARTA DE LA CONCESION
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.